A medida que la UE se vuelve más ambiciosa en materia climática, pero en los países no pertenecientes a la UE prevalecen unas políticas ambientales y climáticas menos estrictas, existe un alto riesgo de la llamada «fuga de carbono», que puede desviar las emisiones hacia fuera de Europa y socavar gravemente los esfuerzos climáticos a escala global y de la Unión Europea. La fuga de carbono se produce cuando las industrias transfieren producción contaminante a otros países con políticas climáticas menos estrictas, o cuando los productos de la UE se sustituyen por importaciones más intensivas en carbono.
El Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono (en adelante, CBAM por sus siglas en inglés) forma parte del conjunto de medidas legislativas conocido como «Objetivo 55». El CBAM se presenta como un instrumento esencial de la Unión Europea para cumplir su objetivo de neutralidad climática, a más tardar en 2050, en consonancia con el Acuerdo de París.
Los sectores sujetos al CBAM son: el cemento, el hierro y acero, el aluminio, los fertilizantes, el hidrógeno y la electricidad. En el Anexo I del Reglamento (UE) 2023/956 del Parlamento Europeo y del Consejo del de 10 de mayo de 2023 por el que se establece un Mecanismo de Ajuste en Frontera por Carbono se detallan las mercancías que quedan bajo el alcance del mecanismo.
Inicialmente, el umbral único basado en la masa se ha fijado en 50 toneladas. Por tanto, los importadores que de forma agregada importen hasta 50 toneladas, por importador y año, de mercancías CBAM quedarán exentos de las obligaciones del Reglamento CBAM a partir del 1 de enero de 2026.
La Comisión Europea ha desarrollado una herramienta de autoevaluación que ponemos a su disposición a través del siguiente enlace (CBAM Self Assessment Tool) para importadores en la UE. La herramienta permite saber, de manera rápida y con carácter general, si las mercancías importadas están sujetas al CBAM en su periodo transitorio, cuáles son los requisitos del informe CBAM para ese tipo concreto de mercancías y dónde encontrar más información al respecto.
A partir del 1 de enero de 2026 los importadores de productos a la UE a los que les sea de aplicación el CBAM deberán:
- Registrarse como declarante autorizado CBAM.
Solo un declarante autorizado podrá importar mercancías sujetas al CBAM en la UE. Esto implica:
- Solicitar el registro ante la autoridad nacional competente.
- Mantener los datos actualizados.
- Cumplir con los requisitos de verificación y trazabilidad.
- Identificar si los productos importados están sujetos al CBAM.
El mecanismo aplica a sectores con alto riesgo de fuga de carbono, como cemento, hierro, acero y aluminio, fertilizantes, electricidad e hidrógeno. La lista se ampliará progresivamente.
- Calcular y documentar las emisiones incorporadas.
El importador debe recopilar información fiable sobre:
- Emisiones directas del proceso productivo.
- Emisiones indirectas (según el producto).
- Datos del fabricante fuera de la UE.
Estos datos deben seguir la metodología establecida en el Reglamento CBAM.
- Declarar los productos importados a la UE del año anterior.
Antes del 31 de mayo de cada año la cantidad de productos importados a la UE el año precedente y las emisiones incorporadas a esos productos. Simultáneamente, el importador presentará el número de certificados CBAM que corresponda a la cantidad de emisiones de gases de efecto invernadero incorporadas a los productos.
- Comprar y entregar certificados CBAM.
El importador debe:
- Comprar certificados CBAM al precio semanal del mercado europeo de derechos de emisión (EU ETS).
- Entregar cada año el número de certificados equivalente a las emisiones declaradas.
- Conservar un margen de certificados para evitar incumplimientos.
Si se demuestra que ya se pagó un precio del carbono en el país de origen, se puede deducir de la obligación final.
- Verificación independiente.
Los datos de emisiones deberán ser verificados por un verificador acreditado.
Cualquier duda o consulta que tenga puede enviarla al buzón: bzn-CBAM@miteco.es. A través del siguiente enlace también se ha preparado el documento Preguntas y Respuestas sobre CBAM en España.
En relación con el procedimiento de solicitud de declarante autorizado CBAM, a través del siguiente enlace se ha preparado una Guía para realizar la solicitud del estado de declarante autorizado CBAM y un vídeo tutorial para realizar la solicitud del estado de declarante autorizado CBAM por parte de un importador.
Existe una lista de difusión de actividades realizadas por el Ministerio para la Transición Ecológica y del Reto Demográfico en relación con el CBAM. A través del siguiente enlace.
A través del siguiente enlace también dispone de Material de apoyo del CBAM ofrecido por la Comisión Europea.



