La planificación de sus actividades preventivas para 2027 abre nuevas oportunidades de asesoramiento y apoyo para empresas y autónomos.
| La mutua no solo interviene cuando se produce un accidente de trabajo o una enfermedad profesional. También puede desarrollar actuaciones preventivas de asesoramiento, información y sensibilización dirigidas a mejorar la seguridad y salud en las empresas. |
Un papel preventivo que muchas empresas desconocen
Cuando pensamos en una mutua colaboradora con la Seguridad Social, normalmente la asociamos a la gestión de accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, prestaciones o procesos de incapacidad temporal. Sin embargo, su función también incluye el desarrollo de actividades preventivas dentro del marco establecido por la Seguridad Social.
La Resolución de 7 de julio de 2026, publicada en el BOE el 17 de julio, establece la planificación general de las actividades preventivas que las mutuas deberán incorporar a sus planes para el año 2027. Su finalidad es ordenar estas actuaciones y dirigirlas prioritariamente hacia las pequeñas empresas, los trabajadores autónomos y los sectores con mayor siniestralidad.
¿Qué actuaciones podrán desarrollar las mutuas en 2027?
La resolución contempla distintos programas de asesoramiento, divulgación y apoyo. Entre las actuaciones más relevantes para las empresas se encuentran:
- Asesoramiento técnico a pymes y empresas de sectores prioritarios, especialmente cuando exista una elevada siniestralidad, accidentes graves o mortales, o enfermedades profesionales.
- Apoyo en coordinación de actividades empresariales, para informar sobre los medios de coordinación aplicables cuando concurran varias empresas o trabajadores autónomos en un mismo centro de trabajo.
- Difusión de Prevención10.es, mediante jornadas dirigidas a empresas asociadas de hasta 25 trabajadores y a trabajadores autónomos adheridos.
- Adaptación de puestos de trabajo y estructuras, con el objetivo de facilitar la recolocación de trabajadores accidentados o con patologías de origen profesional en empresas de menos de 50 trabajadores pertenecientes a sectores prioritarios.
- Control y reducción de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, centrando las actuaciones en las actividades con mayor incidencia.
- Elaboración y difusión de buenas prácticas sobre trastornos musculoesqueléticos, sustancias peligrosas, riesgos psicosociales, nuevas tecnologías, seguridad vial laboral, amianto, cáncer profesional y otros riesgos relevantes.
¿A qué empresas se dará prioridad?
La planificación prioriza a las empresas de menos de 50 trabajadores pertenecientes a actividades con mayor número de accidentes graves y mortales; a aquellas cuya accidentalidad aumentó durante 2025 o que registraron accidentes graves o mortales; y a las empresas con enfermedades profesionales vinculadas a los sectores y agentes identificados en la resolución.
También presta una atención específica a pequeñas empresas y trabajadores autónomos, en coherencia con la Estrategia Española de Seguridad y Salud en el Trabajo 2023-2027.
Un apoyo complementario, no un sustituto
Estas actuaciones no sustituyen las obligaciones preventivas de la empresa ni la actividad de su servicio de prevención. La empresa continúa siendo responsable de cumplir la Ley 31/1995 y su normativa de desarrollo. La mutua puede aportar asesoramiento, herramientas y materiales, pero no asumir las evaluaciones, la planificación preventiva ni otras obligaciones empresariales.
¿Qué puede hacer tu empresa?
Contacta con tu mutua y consulta qué actuaciones incluirá en su plan de 2027, si tu empresa o sector se encuentra entre los colectivos prioritarios y cómo acceder a sus programas, jornadas y materiales. Los planes aprobados deberán publicarse en las páginas web de las respectivas mutuas.
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